Cuando llega el periodo de presentación de la declaración de la renta las calculadoras echan humo, la web de la Agencia Tributaria se cuelga, las oficinas de Hacienda parecen taquillas para conseguir una entrada para la final de la Champions, los asesores hacen su agosto y todos se preguntan qué hacer para que salga a devolver. Si ahora nos quejamos de los impuestos que nos toca pagar (directos como el IRPF o indirectos como el IVA), más motivos tenían para quejarse en la Edad Media, ya que los impuestos repercutían casi en exclusiva en el pueblo y beneficiaban a la Corona, la nobleza y el clero. Aquí tenéis algunos…

  • Alfarda: pago por el aprovechamiento del agua (acequias, canalizaciones…)
  • Herbaje: pago por aprovechamiento de los pastos
  • Montazgo: impuesto sobre los ganados y adeudado por el tránsito que hacen por cualquier territorio en favor del Rey.
  • Diezmo: gravamen correspondiente a la décima parte de las cosechas que recaudaba la Iglesia y servía para el mantenimiento del clero.
  • Alhondigaje: impuesto por el depósito de mercancías.
  • Abadía o luctuosa: derecho que tenían los curas a percibir a la muerte de sus feligreses cierto tributo de sus bienes que dejaba.
  • Alcabala: impuesto castellano que gravaba el comercio de mercancías. Su recaudación se hacía por arrendamiento o por encabezamiento: los municipios se comprometían a cobrar una cantidad, recaudada entre sus vecinos, y a cambio recibían contrapartidas políticas de los monarcas.
  • Cuatropea: impuesto sobre la venta de ganado.
  • Banalidades: pago en especie por el uso de «instalaciones» del señor, como el molino o el horno.
  • Tercias reales: eran un ingreso concedido por la Iglesia a la Corona consistente en dos novenos de los diezmos eclesiásticos recaudados .
  • Terrazgo: renta que se paga al señor de una tierra quien la trabaja.
  • Excusado: implantado por Felipe II gravaba a una casa/hacienda elegida por la Corona entre las de una determinada parroquia —normalmente, aquella que más tributaba a la Iglesia—. La obligación consistía en que los diezmos que a dicha hacienda le correspondería ceder a la Iglesia eran pagados al rey, con lo cual el hacendado quedaba excusado de hacerlo a la Iglesia.
  • Primicias: consistentes en la cuadragésima y sexagésima parte de los primeros frutos de la tierra y el ganado que debían entregarse a la Iglesia.
  • Portazgos: impuesto que se exigía en las puertas de las ciudades y villas principales del reino y que gravaba las mercaderías que los forasteros introducían en ellas para su venta.
  • Pontazgos: similar al anterior, pero se paga al cruzar puentes.
  • Sisas: impuesto indirecto implantado en Aragón y luego en Castilla. Consistía en descontar en el momento de la compra una cantidad en el peso de ciertos productos (pan, carne, vino, harina…); la diferencia entre el precio pagado y el de lo recibido era la “sisa”. Como gravaba bienes de primera necesidad era muy impopular.
  • Millones: impuesto extraordinario fijado por las Cortes de Castilla, que se reservaban el control de su administración a través de una Comisión de Millones y comprometían a la Corona a dedicar lo recaudado a un gasto determinado (el primero se concedió a Felipe II en 1590 para reponer las pérdidas de la Armada Invencible).
  • Sextaferia: prestación vecinal para la reparación de caminos, a la que se acude los viernes de ciertas épocas del año. Era un impuesto en forma de trabajo.
  • Fonsadera: para financiar los gastos de los reyes ocasionados por las guerras.
  • Cena: tributo que implica hospedar y alimentar al monarca, así como a todo su comitiva, durante los viajes por su reino. Cuando la Corte se asentó de forma estable en una ciudad pasó a ser pagado en dinero (cena de ausencia).
  • Chapín de la reina o servicio de casamiento: se recaudaba ocasionalmente entre el pueblo para sufragar los gastos de las bodas reales.
  • Almojarifazgo: impuesto aduanero que se pagaba por el traslado de mercaderías que ingresaban o salían del reino de España o que transitaban entre los diversos puertos (peninsulares o americanos), equivalente a los actuales aranceles.
  • Infurción: era un tributo que se pagaba al señor de un lugar por razón del solar de las casas…

Además, todos estos impuestos medievales eran indirectos: se aplicaban independientemente de la capacidad económica y gravaban la producción, el comercio o el consumo. Y ahora, ¿quién es el guapo que se queja por el IRPF o el IVA?

Con la llegada de la Revolución francesa, la mayoría de estos impuestos fueron desaparecieron y los nobles comenzaron a tener que pagar a la Hacienda Pública, aunque ni campesinos ni artesanos vieron cumplidas sus expectativas de poder conseguir un sistema fiscal justo.