La ley de nietos no es una ley aparte; es la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática de 2022, una norma que abre una puerta de acceso a la nacionalidad española de origen para descendientes de exiliados de la Guerra Civil y el franquismo. En teoría, es una medida reparadora. En la práctica, ha montado un lío electoral de manual: millones de solicitudes, un censo exterior disparado y un Supremo que ha frenado el voto de muchos de esos nuevos españoles mientras decide si la administración se pasó de lista al aplicar la norma.
Qué permite (en cristiano)
La norma reconoce la nacionalidad por origen a:
– Nacidos fuera de España de padre/madre o abuelo/abuela que hubieran sido españoles y perdieron o renunciaron a la nacionalidad por exilio (político, ideológico, por creencias o por orientación e identidad sexual).
– Hijos de mujeres españolas que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de 1978.
– Hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad por opción bajo esta ley o bajo la anterior Ley de Memoria Histórica.
Traducción: puedes nacionalizarte sin vivir en España, acreditando el vínculo familiar y, en su caso, que tu ascendiente fue exiliado.
Perfiles típicos de solicitantes (con nombres ficticios, pero muy reales)
– «El nieto de Buenos Aires»: Carlos, 42 años, argentino, abuelo republicano que se fue en el 39. Nunca ha pisado España. Con la ley, pide la nacionalidad por opción, saca pasaporte y se apunta al censo exterior (CERA) en el pueblo de su abuelo.
– «La nieta de México»: Lucía, 35, mexicana, abuela que perdió la nacionalidad al casarse con mexicano antes de la Constitución del 78. Ella entra por esa vía específica de mujeres españolas.
– «El hijo del nacionalizado»: Roberto, 50, venezolano, su padre ya se nacionalizó por la ley de Memoria Histórica. Ahora él, como hijo mayor, opta a la nacionalidad por ser hijo de quien obtuvo la nacionalidad por opción.
– «El bisnieto con papeles»: Sofía, 28, chilena, bisnieta de un alcalde republicano fusilado. Aporta documentación de represión y exilio, nacionalidad concedida, y se inscribe en el CERA en el municipio de origen del bisabuelo.
En todos estos casos, la nacionalidad es de origen, con pasaporte, libre circulación en la UE y derecho a trabajar y residir en España.
El efecto dominó: de la nacionalidad al censo (y al lío electoral)
Aquí es donde la cosa se pone canalla. La ley no solo da nacionalidad, lógicamente permite que esos nuevos españoles se inscriban en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y voten desde el extranjero en elecciones generales, europeas y autonómicas (en municipales no, porque hace falta estar empadronado).
– El CERA suma 2,7 millones de electores, el 7,11% del censo total.
– Solo entre 2023 (octubre de 2022 se aprobó la Ley de Memoria Democrática) y agosto de 2026 se han incorporado más de 411.000 nuevos electores exteriores (un incremento del 20%).
Pueblos pequeños, censo gigante: ejemplos que parecen broma
El fenómeno no es abstracto. Hay municipios donde los votantes de fuera ya superan a los de dentro, y en algunos casos los multiplican por cinco o seis.
– Madarcos (Madrid): 54 votantes residentes frente a 58 en el extranjero. Más de la mitad del censo está fuera.
– Ventrosa (La Rioja): 45 residentes frente a 296 en el CERA. El voto exterior es el 86,8% del censo.
– Valdeprado (Soria): 7 residentes, 38 en el CERA. El 84,4% del censo es exterior.
– Olmedo de Camaces (Salamanca): 82 residentes, 205 en el CERA. El 71,4% del electorado vive fuera.
– Aspa (Guadalajara): los inscritos en el CERA pasaron de 2 a 26, trece veces más, y ahora suponen el 14% del censo.
– Fuentestrún (Soria) y Junciana (Ávila): más del 80% del censo en el exterior, con crecimientos de 6 a 13 puntos por la ley de nietos.
En total, hay 164 municipios donde los electores en el extranjero superan a los residentes; 78 de ellos están en Castilla y León.
¿Qué puede pasar en un pueblo de 50 almas?
Imagina un municipio de 50 electores residentes. Si se inscriben 150 nuevos votantes en el CERA por la ley de nietos (nietos y bisnietos de exiliados que nunca han vivido allí), el censo se triplica. Esos 150 votos no eligen al alcalde (para eso hace falta empadronamiento), pero sí cuentan de pleno en las elecciones generales y autonómicas, porque se suman al escrutinio de la provincia.
– El peso del voto exterior puede decidir el último escaño en provincias ajustadas. Tras 2023, el Ministerio reconoció que el CERA podía «alterar el último escaño en hasta nueve provincias con diferencias inferiores a 2.000 votos».
– Proyecciones recientes hablan de que, en un escenario de participación máxima, el voto exterior podría influir en hasta 23 escaños de las próximas generales.
– En municipios como Ventrosa o Valdeprado, el futuro político local en elecciones autonómicas y generales puede depender de gente que nunca ha pisado el pueblo, ni siquiera España.
El giro del Supremo: nacionalidad sí, voto en pausa
En septiembre de 2026 el Tribunal Supremo ha dado un golpe de timón:
– Suspendió cautelarmente la inscripción en el CERA (y por tanto el derecho a voto) de las personas cuya alta se apoye en la presunción de exilio aplicada por la administración bajo una instrucción del Ministerio de Justicia, mientras resuelve el fondo del recurso.
– No anuló las nacionalidades concedidas: los expedientes siguen y las nacionalidades valen; lo que queda paralizado es el efecto electoral de esas altas en el censo.
– Para los ya inscritos, se suspenden los efectos electorales de esa alta para los próximos procesos mientras dure la medida.
– Para los que aún no están en el censo, los consulados siguen tramitando la inscripción, pero una vez finalizada quedará paralizada hasta sentencia firme.
En la práctica, muchos de esos nuevos españoles tendrán que acreditar de forma más estricta la condición de exilio de sus ascendientes si quieren votar, y su participación en las próximas generales queda en el aire si la cautelar se mantiene.
Consecuencias políticas (y por qué hay tanto griterío)
El debate está servido:
– La oposición habla de «ingeniería electoral» y celebra la decisión del Supremo.
– El Gobierno defiende el carácter reparador de la ley y acusa al tribunal de recortar derechos.
– El asunto ha puesto el foco en el peso del voto exterior (ya más del 7% del padrón) y su posible influencia en unas generales futuras, probablemente en 2027.
Viñeta: Puebla

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